Este Real Decreto ha sido modificado ligeramente en dos ocasiones:
-Real Decreto 534/2013, de 12 de julio, que modifica el apartado 7 del artículo 14, relativo a la calificación global concedida a la tesis y la disposición transitoria primera, relativa a la adaptación y extinción de los programas de doctorado verificados conforme a lo establecido en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre.
-Real Decreto 43/2015, de 2 de febrero, que modifica el apartado 1 del artículo 6, relativo a los requisitos de acceso al doctorado.
Este real decreto tiene por objeto: 1. Regular las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado desde los diversos supuestos previstos por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril. 2. Regular los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado en las universidades públicas españolas.
El BOE 75 de 28 de marzo de 2009 y el BOE 175 de 21 de julio de 2009 publicaron sendas correcciones de errores.
Esta norma ha sufrido numerosos cambios a lo largo del tiempo. En 2010, el Real Decreto 558/2010, de 7 de mayo la modificó con el objeto de facilitar todos aquellos extremos que pudieran incidir en una mejor organización, gestión y desarrollo de las pruebas de acceso. En 2012 volvió a ser modificada por el Real Decreto 961/2012, de 22 de junio que cambió la Disposición final segunda. Ejercicio de lengua extranjera. Posteriormente, como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa sufrió otra modificación contenida en el Real Decreto 534/2013, de 12 de julio. Los anexos fueron actualizados por la Orden EDU/1434/2009, de 29 por la Orden EDU/268/2010, de 11 de febrero y por la Orden EDU/1247/2011, de 12 de mayo
La presente Orden tiene por objeto regular, de conformidad con lo establecido en el artículo 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en el artículo 20 del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas, el acceso a la universidad española de los estudiantes procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que se haya suscrito Acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad, siempre que dichos estudiantes cumplan los requisitos académicos exigidos en sus sistemas educativos para acceder a sus universidades.
Derogada por Orden ECD/42/2018, de 25 de enero, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas, para el curso 2017/2018.
Por Resolución de 3 de marzo de 2014, de la Secretaría General de Universidades se modifican los anexos I y IV de esta Orden por la que se establece el procedimiento para el acceso a la Universidad española por parte de los estudiantes procedentes de sistemas educativos a los que es de aplicación el artículo 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 8 de mayo, de Educación. http://www.boe.es/boe/dias/2014/03/11/pdfs/BOE-A-2014-2600.pdf