Solicitud de Certificación Académica Personal de las Pruebas de Acceso



Solicitud de Certificación Académica Personal de las Pruebas de Acceso

Si desea solicitar una Certificación Académica Personal de las Pruebas de Acceso a la Universidad (PAEU, EBAU, Mayores de 25 años o mayores de 45 años) deberá:

1º.-Cumplimentar el siguiente formulario:

          SOLICITUD CERTIFICACIÓN ACADÉMICA PERSONAL

        Si lo solicita otra persona que no sea la interesada en el procedimiento, según establece la normativa vigente, deberá contar con autorización por escrito y fotocopia del DNI o equivalente:

                 AUTORIZACIÓN

2º.-Abonar las tasas correspondientes en el Banco Santander en el número de Cuenta indicado en el formulario anterior, y

3º.-Presentarlo en cualquiera de los siguientes lugares:

El Certificado será remitido al correo electrónico indicado en la solicitud.

Exención de tasas y acreditación documental

Familias numerosas: estarán exentos del pago de precios públicos los miembros de familia numerosa de categoría especial y del 50% los miembros de familia numerosa de categoría general. Deberán acreditar esta condición mediante la presentación del título de beneficiario o carné individual de familia numerosa.

Estudiantes con discapacidad: estarán exentos del pago de precios públicos los alumnos con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Deberán acreditarlo mediante certificado o resolución expedido por el órgano competente en esta materia.

Víctimas de actos de terrorismo: Estarán exentos del pago de precios públicos quienes tengan la condición de víctima de terrorismo en los términos establecidos en el artículo 2 de la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo de Castilla y León.  La condición de víctima de terrorismo deberá acreditarse al solicitar el servicio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la citada Ley.

Víctimas de violencia de género: Estarán exentos del pago de los precios públicos las personas víctimas de violencia de género de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la violencia de género de Castilla y León. Está condición se acreditará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la citada Ley.

Estudiantes que sean hijos o hijas huérfanos de mujeres fallecidas por violencia de género: Estarán exentos del pago de los precios públicos los hijos e hijas, huérfanos de mujeres víctimas mortales por violencia de género, así como las personas que hubieran estado bajo la tutela de una mujer víctima mortal por causa de violencia de género en el momento del fallecimiento. Estas condiciones se acreditarán en los términos previstos en el artículo 9.3 del Decreto 15/2018, de 31 de mayo, por el que se regula la ayuda económica a huérfanos y huérfanas víctimas de violencia de género en Castilla y León y el acceso gratuito a estudios universitarios.

Beneficiarios de la prestación del ingreso mínimo vital: estarán exentos del pago de precios públicos quienes sean beneficiarios de la prestación del ingreso mínimo vital, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital y se les reconozca dicha condición.

 

Contacto

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Ext. 6013, 1183, 1116, 1112
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